Deportistas reciben con gran expectativa el beneficio tributario que otorgará mayores recursos

Quito (Pichincha).- A través de un webinar, las autoridades de la Secretaría del Deporte socializaron los pormenores del Acuerdo Nro. 450, que define los pasos para aplicar al beneficio tributario de doble deducibilidad en el cálculo del Impuesto a la Renta. La Secretaría del Deporte, Andrea Sotomayor, felicitó la participación activa de los representantes de organismos deportivos y atletas que conocieron el instructivo, vigente desde el martes 6 de octubre.

«Es grato ver a deportistas y a dirigentes, para socializar este instructivo. Esto brindará mayores recursos para el deporte desde la empresa privada. El Acuerdo Nro. 450 tiene la finalidad de regular el proceso de calificación de deportistas, programas y proyectos para la aplicación de este beneficio tributario”, sostuvo Sotomayor.

Los aspectos de promoción y tributario del instructivo estuvieron a cargo de los asesores de esta Cartera de Estado, Enrique Avellán y Cristian Galarza, quienes profundizaron respecto al proceso de calificación de deportistas, programas y proyectos, avales, postulación, requisitos, componentes y contrato.

Para Avellán, asesor de marketing, es fundamental que las propuestas de los organismos y deportistas sean atractivas desde el punto de vista comercial, ya que las empresas buscan justificar un retorno de su inversión. Para lo cual se sugiere cumplir con los objetivos de un patrocinio deportivo que son: notoriedad, imagen, ralaciones públicas, comunicación interna y operatividad.

Por su parte Galarza, asesor jurídico, explicó el contexto en el que se inserta el beneficio de la doble deducibilidad para las empresas que inviertan en el deporte, que es la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su reglamento.

«Esta iniciativa tiene un carácter inclusivo. Tiene el ánimo de dinamizar el deporte ecuatoriano. Encontrarán en el instructivo los parámetros para calificar sus postulaciones», indicó Galarza.

La Secretaría del Deporte calificará a deportistas, programas y proyectos, según su planificación estratégica, basada sobre los objetivos deportivos establecidos de conformidad con el instructivo.

Los deportistas deben cumplir con los requisitos básicos como: estar activos y federados, que presenten un proyecto o programa deportivo avalado por el organismo deportivo competente, ya sean Federaciones Ecuatorianas por Deporte, Federaciones por Discapacidad o Federaciones Deportivas Provinciales.

En cuanto a los proyectos o programas que puede calificar la Secretaría del Deporte, serán los que contemplen rubros por publicidad o patrocinio a favor de los organismos o deportistas de los niveles de alto rendimiento o formativo.

Los programas y proyectos que beneficien a los Clubes Deportivos Especializados, Asociaciones Deportivas Provinciales y Ligas Deportivas Cantonales, deberán además contar con un aval de la Federación Ecuatoriana por Deporte, Federación Ecuatorianas por Discapacidad y Federaciones Deportivas Provinciales, según corresponda.

Para el caso de los programas y proyectos a favor del Comité Olímpico Ecuatoriano, Comité Paralímpico Ecuatoriano, la Federación Deportiva Nacional del Ecuador, las Federaciones Ecuatorianas por Deporte y las Federaciones Ecuatorianas por Discapacidad no requerirán aval y se presentarán directamente.

Otras entidades, organizaciones, o personas naturales que no pertenezcan a los niveles de alto rendimiento o formativo, podrán presentar sus proyectos y programas ante la Secretaría del Deporte, siempre que se rijan al instructivo en lo aplicable.

En el caso del deporte profesional los planes y proyectos deben ser presentados por la Federación Ecuatoriana respectiva o la Liga Profesional correspondiente.

El trámite de la calificación será electrónico y no durará más de 15 días. La plataforma se habilitará una vez que las autoridades del ramo viabilicen el proceso.

La jornada de socialización cerró con la participación activa de los actores del deporte y de la ciudadanía que intervino con preguntas mediante las redes sociales. SB/Secretaría del Deporte (16.10.2020)

Conoce más detalles en el Acuerdo Nro. 450: https://cutt.ly/Pge8RYV