COE Nacional aprobó actividad física al aire libre y alcance para el Alto Rendimiento

Imagen referencial: Realizar actividad al aire libre está permitido.

Quito (Pichincha).- El Comité de Operaciones de Emergencia (COE), aprobó el lineamiento para la realización de actividad física individual en espacios libres, así como el alcance para el Alto Rendimiento, como parte del Plan Nacional de Reactivación presentado por la Secretaría del Deporte.
Una vez que varios cantones y provincias del país cambiaron su semaforización por la emergencia sanitaria del Covid19, las autoridades estatales decidieron dar el visto bueno para el retorno a la actividad física en espacios libres cumpliendo algunos protocolos de seguridad durante su vigencia, con el objetivo de evitar la aglomeración de personas.
De acuerdo al color de semáforo se podrá realizar actividad física al aire libre, fuera del horario de toque de queda establecido por el COE Nacional, que al momento es de 21h00 a 05h00.
En color rojo, toda actividad física se realizará desde el hogar para precautelar la seguridad de la ciudadanía. En amarillo y verde la población podrá ejercitarse al aire libre siguiendo algunas recomendaciones como evitar los lugares de aglomeración de personas, uso obligatorio y permanente de mascarilla, bandana o buff (antes, durante y después de realizar ejercicio), además se recomienda el uso de gafas. Se debe poner atención especial a aspectos como la correcta hidratación y portar siempre un kit que contenga toalla personal, gel antibacterial (alcohol al 70%) y bloqueador solar.
En semáforo amarillo y verde, estará permitido: caminar, trotar, correr, además de deportes como andinismo y escalada, automovilismo (karting), atletismo, buceo y actividades subacuáticas (aguas abiertas y piscina), canotaje (individual), ciclismo, deportes aéreos, ecuestres, golf, natación (aguas abiertas, carreras, clavados), patinaje (artístico, carreras), pelota nacional, pentatlón moderno (excepto esgrima), racquetball, remo (individual), surf, tenis de campo (beach tenis y padel), tiro con arco, tiro olímpico, triatlón y vela.
Se debe cumplir la distancia mínima entre personas de 5 metros. La población que puede ejercitarse al aire libre va desde niños, adolescentes, adultos y adultos mayores hasta los 70 años.
Se restringe la actividad física al aire libre a las personas mayores de 70 años, las personas con riesgo de enfermarse gravemente como lo son los que padecen de enfermedades pulmonares, asma, personas con afecciones cardíacas graves, con el sistema inmunitario deprimido (cáncer o VIH), obesidad severa, en tratamiento de diálisis o con enfermedades hepáticas crónicas.
Se recomienda que los niños que realicen actividad física al aire libre cuenten con todas las vacunas exigidas por el Ministerio de Salud. No se podrá realizar actividad física en grupos, excepto las que integran el núcleo familiar.
Está prohibido el uso de los juegos dentro de los parques infantiles, parques bio saludables, barras de calistenia y graderíos.
En cuanto a los deportistas de Alto Rendimiento, se realizó un alcance para la práctica deportiva, donde se permite los entrenamientos a 1944 seleccionados nacionales, entrenadores y asistentes de preparación. Anteriormente, la práctica deportiva estaba destinada solamente para los 299 atletas del proyecto de Alto Rendimiento.
En el siguiente link, encontrarás los lineamientos para realizar actividad física al aire libre y el alcance al deporte de Alto Rendimiento: https://bit.ly/2BQVYXs

DC- SB /Secretaría del Deporte (09-06-2021)