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Ley de Transparencia


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Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria:

1.       Información Administrativa

2.       Información Legal

3.       Información Financiera

4.       Información Operativa

5.       Información Laboral

6.       Planificación Institucional

7.       Regulación y Control

8.       Compromiso Presidencial

 



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