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Registro de directorios


REGISTRO DE DIRECTORIOS DE ORGANIZACIONES DEPORTIVAS PREVISTAS EN LA LEY DE CULTURA FÍSICA, DEPORTES Y RECREACIÓN

Oficio dirigido a la máxima autoridad, solicitando el registro del directorio de la organización deportiva, señalando domicilio o casilla judicial, dirección y teléfono de la misma, indicando además la fecha y el número de acuerdo ministerial mediante el cual se aprobaron los estatutos de su organización, y en caso de existir reformas a dichos estatutos, igualmente las fechas y números de los acuerdos respectivos y firma de abogado patrocinador.

  1. Fotocopia certificada de la convocatoria a Asamblea General para elecciones, de conformidad con lo establecido en el Estatuto vigente.
  2. Nómina actual de todos los afiliados al organismo deportivo.
  3. Fotocopia certificada de la nómina del directorio anterior.
  4. Acta de la Asamblea General en la cual fue electo el nuevo directorio.
  5. Nómina del directorio electo.
  6. Nombramiento y aceptación del cargo debidamente firmado por cada uno de los miembros del directorio.
  7. Fotocopia de las cédulas de ciudadanía y papeletas de votación (del último proceso electoral) de los nuevos directivos.
  8. Lista de todos los afiliados comparecientes a la Asamblea, firmado por cada uno y con número de cédula.
  9. Acreditación de los representantes de cada una de las filiales, que comparecen a Asamblea (con excepción de clubes deportivos).
  10. Declaración patrimonial juramentada conforme lo determina la ley que regula las declaraciones patrimoniales (para organizaciones deportivas que reciban fondos públicos) tanto del Presidente como del Tesorero de la entidad.
  11. Certificación de la composición del directorio emitida por la organización deportiva jerárquicamente superior, a excepción de la Federación Deportiva Nacional del Ecuador, del Comité Olímpico Ecuatoriano Y Federación Nacional de Ligas Barriales del Ecuador.

 

Nota: El Secretario de la organización deportiva certificará que los documentos son fiel copia del original.

 

 

Registro de directorios de Clubes Deportivos


REGISTRO DE DIRECTORIO DE CLUBES DEPORTIVOS 
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Registro de directorios


REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE DIRECTORIO DE ORGANISMOS DEPORTIVOS  PREVISTOS EN EL CÓDIGO CIVIL

1. Adquirir la especie valorada en Tesorería General del Ministerio del Deporte por la cantidad de U.S.D. 10;

2. Oficio dirigido al señor Ministro del Deporte - Secretario Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación, solicitando el registro de directorio de la entidad deportiva, firmado por el Presidente y Abogado Patrocinador, señalando el número de matricula y el nombre del Colegio al que pertenece acompañado de:

a)  Nombre de la institución

b)  Fecha en la que fue aprobado el estatuto y sus reformas, si las hubiere

c)  Nómina actualizada de los miembros, nombre del representante legal y domicilio de la entidad

d)  Número del acuerdo ministerial Convocatoria a la asamblea

e)  Acta de asamblea en la que se eligió la Directiva o se aprobó la inclusión o exclusión de miembros, haciendo constar los nombres y firmas de los socios asistentes, debidamente certificados por el Secretario de la organización.

3.  Convocatoria a la asamblea

4.  Acta de asamblea en la que se eligió la Directiva o se aprobó la inclusión o exclusión de miembros, haciendo constar los nombres y firmas de los socios asistentes, debidamente certificados por el Secretario de la organización.

5.  RUC

 

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